Licencia para de una Entidad de Dinero Electrónico y de Pago en Irlanda

Licencia para de una Entidad de Dinero Electrónico y de Pago en Irlanda

E-money and Payment Institution license in Ireland

Ofrecemos asistencia durante todo el proceso de obtención de una licencia para una Entidad de Dinero Electrónico o de Pago en Irlanda

Si está buscando obtener una licencia para crear una Entidad de Pago Autorizada o de Dinero Electrónico en Irlanda, Advapay puede ofrecerle su experiencia legal, técnica y comercial, así como su servicio de consultoría.

01

Preparación de la solicitud, comunicación con el regulador, servicios empresariales

Cumplimentación del formulario de solicitud.

Comunicación con la autoridad reguladora durante la fase de solicitud.

Asistencia en la elaboración de un plan de negocio.

Asistencia en la apertura de cuentas de seguridad.

Formación de empresas, servicios de personal.

02

Preparación de documentos jurídicos, financieros e informáticos

Documentos legales: AML, KYC, políticas de IT/seguridad, etc.

Documentación financiera: previsión financiera a 3 años, cuenta de pérdidas y ganancias, flujo de capitales.

Documentación informática.

Documentación operativa de la empresa: políticas internas, políticas de operaciones de riesgo, auditoría interna, etc.

Visión general del sector Fintech en Irlanda

En la actualidad, más de 430 empresas de servicios financieros operan desde Irlanda, incluidas 20 de las 25 principales instituciones mundiales.

El ecosistema único de Irlanda ha propiciado el desarrollo de un sector Fintech de primera categoría, el cual sigue creciendo año tras año. Recientemente, el gobierno irlandés publicó una nueva estrategia para el sector de los servicios financieros internacionales, la cual lleva el nombre de “Irlanda para las finanzas”, y en la que se esbozan ambiciosos objetivos para el desarrollo del sector de las IFS en Irlanda y para que Dublín actúe como el centro neurálgico de los servicios financieros. Irlanda es un lugar excelente para el desarrollo de la investigación y la innovación, ya que el país ofrece apoyo financiero, incluyendo créditos fiscales y ayudas financieras a cargo del IDA irlandés.

Las empresas de dinero electrónico y de pagos en Irlanda se benefician de un tipo impositivo muy competitivo, concretamente del 12,5%, así como de extensos acuerdos de doble imposición y de numerosos incentivos fiscales para la investigación y el desarrollo.

Las entidades de dinero electrónico o de pago autorizadas en Irlanda pueden obtener el pasaporte para otros Estados miembros del EEE.

En 2019, Irlanda emitió un total de 5 licencias de dinero electrónico y 10 licencias de instituciones de pago. En 2020 fueron un total de 6 licencias.

Regulador

El Banco Central de Irlanda es el organismo regulador de todas las empresas de servicios financieros ubicadas en Irlanda. Las empresas Fintech con sede en este país se benefician de unos procedimientos más ágiles, de una menor burocracia y de la ausencia de tasas de regulación.

Tipos de licencias

1) Licencia de Entidad de Pago Autorizada.
2) Licencia de Entidad de Dinero Electrónico Autorizada.
3) Licencia de Pequeña Entidad de Dinero Electrónico.

Requisitos principales

Personal
Se exige que las instituciones cuenten con empleados locales. De hecho, pueden ser 4-5 empleados que trabajen a tiempo completo. El Consejo de Dirección, con al menos 2 directores ejecutivos, debe tener su sede en la “oficina central”, es decir, en Irlanda, y cubrir las funciones clave de la empresa: control financiero, gestión de riesgos, así como el apartado legal y de cumplimiento normativo.

Requisitos relativos al capital inicial
Los requisitos de capital inicial para una Entidad de Pago oscilan entre 25.000 y 125.000 euros, dependiendo del tipo de servicio de pago prestado, y el capital inicial para las Entidades de Dinero Electrónico es de 350.000 euros. Para las Entidades de Pago de pequeño tamaño, no existen requisitos de capital inicial.

Tasas

En Irlanda no se aplica ninguna tasa de registro o de solicitud de licencia de Entidad de Pago o de Dinero Electrónico.

Etapas clave del proceso de solicitud

Etapa 0: Reunión previa a la solicitud

Etapa 1: Confirmación de la solicitud
El Banco Central confirmará la recepción de la solicitud de autorización/registro presentada por el solicitante en un plazo de 3 días laborables tras ser recibida.

Etapa 2: Comprobación de la información esencial
El Banco Central comprueba que el formulario de solicitud presentado contiene toda la información y documentación fundamental necesaria para pasar a la fase de evaluación.
En un plazo de 10 días laborables a partir de la recepción de la solicitud, el Banco Central confirmará la misma o comunicará al solicitante que esta no contiene información suficiente o documentos para continuar con la siguiente etapa de evaluación. Toda solicitud posterior se considerará un nuevo trámite y el proceso se iniciará de nuevo.

Etapa 3: Fase de evaluación
Se revisa el formulario de solicitud y los documentos con arreglo a los requisitos de autorización/registro pertinentes que determinan si se ha proporcionado suficiente información. El Banco Central aportará comentarios basados en la revisión de los materiales presentados, así como su respuesta.
La fase de evaluación del proceso de solicitud tiene una duración de 90 días laborables. Sin embargo, en caso de que se solicite información adicional y/o posterior, el Banco Central pone este plazo de 90 días en pausa hasta que se reciba la información del solicitante.
Si el solicitante no responde a una petición de información adicional y/o subsiguiente por parte del Banco Central, este la desestimará transcurridos 60 días laborables.

Etapa 4: Notificación de la evaluación
El Banco Central notificará al solicitante el resultado de la fase de evaluación del proceso de solicitud como sigue:
a) Si la evaluación es favorable, el Banco Central lo notificará al solicitante por carta y le ofrecerá la autorización/registro. Esta carta también puede indicar cualquier condición específica que se imponga.
b) Si la evaluación no es favorable, el Banco Central emite una carta de notificación de evaluación.

Etapa 5: Notificación de la decisión con respecto a la solicitud
En un plazo de 10 días laborables a partir de la recepción de una respuesta satisfactoria (el resultado de la etapa 4 anterior), el Banco Central notificará al solicitante y le enviará una carta explicando su decisión sobre la solicitud como sigue:

– Autorización/Registro.
– Autorización/Registro con condiciones específicas.
– Propuesta de denegación de autorización/registro.

Documentación

1) Formulario de solicitud de licencia para Entidades de Pago o de Dinero Electrónico, incluyendo los datos de identificación.

2) Estatutos y/o constitución que acrediten la situación jurídica del solicitante y certificado de constitución, así como información complementaria relativa a la regulación actual/anterior por parte de una autoridad competente en el sector de los servicios financieros (si procede).

3) Programa de operaciones que incluya una visión general de las actividades, una descripción de la ejecución de los diferentes servicios de pago, una copia del borrador del modelo de contrato, etc.

4) Plan de negocio que incluya un plan de marketing, un cálculo del presupuesto previsto para los tres primeros ejercicios, información sobre los fondos propios, incluyendo el importe y el desglose detallado de la composición del capital inicial.

5) Estructura organizativa, incluyendo un organigrama detallado, una previsión global de la plantilla, y acuerdos de externalización operativa.

6) Acreditación del capital inicial (dependiendo de los servicios de pago) de 20.000 a 125.000 euros y de 350.000 euros para los servicios de dinero electrónico.

7) Medidas previstas para salvaguardar los fondos de los usuarios de los servicios de pago/dinero electrónico.

8) Acuerdos de gobernanza y mecanismos de control interno.

9) Procedimiento de supervisión, tratamiento y seguimiento de los incidentes de seguridad y de las reclamaciones de los clientes relacionadas con la seguridad.

10) Proceso para el archivo, la supervisión, el seguimiento y la restricción del acceso a los datos de pago confidenciales.

11) Acuerdos de continuidad del negocio, incluyendo un análisis del impacto empresarial, una descripción de las medidas de mitigación, la identificación de la web de respaldo, el acceso a la infraestructura de TI, y el software y los datos esenciales para recuperar el servicio en caso de catástrofe o interrupción. Además, se debe incluir una explicación de cómo el solicitante hará frente a eventos que supongan problemas de continuidad e interrupciones significativas.

12) Los principios y definiciones aplicables a la recogida de datos estadísticos sobre el rendimiento, las transacciones y el fraude.

13) Documento descriptivo de la política de seguridad que incluya una evaluación detallada del riesgo del servicio o servicios de pago, una descripción de los sistemas informáticos, las conexiones autorizadas desde el exterior, las medidas y mecanismos de seguridad lógica y física, etc.

14) Mecanismos de control interno para cumplir con las obligaciones en materia de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo.

15) Evaluación de la identidad e idoneidad de las personas con participaciones cualificadas en el solicitante.

16) Identidad y evaluación de la idoneidad de los directores y personas responsables de la gestión de la entidad de pago.

17) Identidad de los auditores legales y de las empresas de auditoría.

18) Seguro de indemnización profesional o garantía comparable para los servicios de iniciación de pagos y los servicios de información sobre cuentas.

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